La Globalización ha sido el catalizador para que las grandes empresas transnacionales se valgan de instrumentos jurídicos -como la Fusión de Sociedades Mercantiles- para la realización de fines netamente económicos. ¿Es posible realizar una Fusión Societaria cuando las sociedades involucradas son de nacionalidad diversa ?. ¿Qué orden jurídico será aplicable a una fusión de esta naturaleza?.
A la luz de la Legislación Europea -la única que regula positivamente este fenómeno- este trabajo pretende dar respuesta a estos cuestionamientos.