La transformación de las sociedades obedece al dinamismo característico de las personas jurídicas, en especial a las de naturaleza mercantil. Permite adaptar el tipo social a los cambios surgidos del desarrollo de su objeto y las repercusiones en la vida social. El tema obliga el previo estudio del concepto de sociedad, su naturaleza jurídica, el acto constitutivo y su inscripción en el registro público de personas morales o de comercio. Los tipos sociales regulados por la Ley General de Sociedades Mercantiles y la naturaleza jurídica de la figura. Abarca nuestro estudio, el análisis de casos en los cuales la transformación de la sociedad no está permitida o se encuentra regulada de manera especial, para concluir con la formalidad requerida por la misma.