La tutela de la propia incapacidad. (Voluntad anticipad, tutor cautelar, poder interdicto)


Autor(es):
Eduardo García Villegas


Editorial: Porrúa Universidad Nacional Autónoma de México
Año: 2010
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En los periodos de incapacidad ya sea por enfermedad o por el proceso degenerativo normal de todo organismo humano, o bien, cuando alguien va perdiendo la propia capacidad de poder decidir de la mejor manera sobre sus bienes materiales y sobre su persona, existe en muchos casos la necesidad de tener un representante. Ante estos hechos inéditos en cuanto su frecuencia y cantidad, se presenta el problema de que la actual legislación mexicana no contempla en la mayoría de los estados la posibilidad de que la propia persona física dicte sus disposiciones para el caso de que llegue a caer en estado de incapacidad.

En un México que cada día se vuelve más de viejos que de jóvenes, se debe legislar para que el derecho positivo mexicano contemple la posibilidad que permita la persona física dictar ante notario público las disposiciones que considere pertinentes para el casi de su futura incapacidad. La autotutela del individuo, o la plena liberta para elegir a sus representantes, en pleno uso de sus facultades, como una prudente previsión para su retiro de la viada activa, genera una mayor seguridad jurídica y de protección para las personas que comprenden que sus capacidades físicas y mentales pueden, por edad o por enfermedad, llegar a disminuir normalmente, por lo que deciden dictar sus disposiciones conforme sus deseos e intereses.

Es por eso que esta obra se ocupa de manera profunda de la tutela de la propia incapacidad, comenzando por exponer el marco teórico, metodológico, axiológico y epistemológico necesario para adentrarse en el estudio de este tema. Posteriormente se analizan las disposiciones de la propia incapacidad que se han establecido en diversos países, así como la dogmática jurídica imperante en México. Esta edición incluye la referencia a las recientes reformas de distintos estados de la República en materia de tutela y mandato, destacándose la capital y otras entidades del país con la promulgación de leyes de voluntad anticipada, así como las reformas publicadas en 2009 a la Ley General de Salud en materia de ciudadanos paliativos y otros derechos para los enfermos terminales.
Nota: 2a. Ed., Primera con Porrúa.


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