Se analizan los ejes fundamentales de ese nuevo derecho social, tales como la personalidad jurídica del ejido y la propiedad sobre sus tierras; los derechos del ejidatario tanto personales como colectivos, de entre ellos la posibilidad de celebrar todo tipo de actos y contratos en relación con el uso y disfrute de las tierras de uso común y de las que llegue a adoptar el dominio pleno, así como la elaboración de la lista de sucesión. Por lo que hace a la asamblea del ejido que trate temas relacionados con las tierras, se explican los efectos que tiene la presencia del notario. También se toca el tema de las sociedades propietarias de tierras agrícolas ganaderas y forestales, la emisión de acciones serie “T” y la titularidad de éstas.