La necesidad, que desde hace ya algunos años se ha dejado sentir, de dejar constancia de cuáles son las normas éticas que rigen la actividad notarial, se ha evidenciado aún más en los últimos tiempos.
El Código de Ética, que propuso el Decanato a la Asamblea, viene a ser uno más de los trabajos de codificación de normas éticas llevado a cabo en nuestro Colegio, seguramente el más acabado.
La Ley del Notariado (art. 259, fracc. IX) establece como función del Decanato la de preparar un "Código Deontológico de la profesión notarial, o en su caso, una declaración de los principios relativos que deban guiar su ejercicio y un decálogo sobre éstas cuestiones" y en su primer parte principalmente, ordena el cumplimiento de los principios éticos que precisa.
En nuestras reuniones de reflexión especialmente se ha abordado el tema y a solicitud del Consejo del Decanato recibió algunas consideraciones de colegas al respecto.
El Código aprobado por la Asamblea reúne y aglutina el resultado de los trabajos anteriores del Colegio, lo contenido en la Ley del Notariado y las propuestas recibidas por escrito y verbalmente de los notarios.