México, al igual que la gran mayoría de los países, concuerda en que las malas prácticas trasnacionales deben combatirse a través de una estrecha cooperación entre países, pues esfuerzos individuales resultan insuficientes y estériles. Así, desde su incorporación a la OCDE, nuestro país ha sido receptivo respecto a las iniciativas que formulan los diferentes grupos de trabajo al interior de esta organización, y ha ido fortaleciendo su legislación doméstica.
En este contexto, destacamos que desde 2012, el GAFI y el Foro Global introdujeron la figura del Beneficiario Final y han urgido a los países que los integran a adoptar esta regulación, a efecto de que las autoridades cuenten con la información del beneficiario final y, de esta forma, el intercambio de información entre los países sea una poderosa herramienta para combatir el lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo, la evasión y elusión fiscal, todos ellos ilícitos que se dan comúnmente a través de operaciones trasnacionales.
En 2021 México aprobó la inclusión en el Código Fiscal de la Federación del Beneficiario Controlador , avanzando en el cumplimiento de sus compromisos y apegándose a los estándares internacionales que exigen niveles de transparencia mínimos con relación a los beneficiarios controladores de sociedades mercantiles, fideicomisos y otras figuras jurídicas.
Dada su importancia, en esta obra se abordan diversos temas como los antecedentes del concepto de beneficiario final, las recomendaciones de GAFI respecto de éste como instrumento para la prevención de lavado de dinero y del financiamiento al terrorismo, y los razonamientos del Foro de la OCDE sobre la aplicación de estas recomendaciones a partir de un enfoque de transparencia fiscal; seguido de un detallado estudio comparado de su regulación en Estados Unidos, España, Argentina, Colombia y República Dominicana; pasando al análisis del marco jurídico mexicano aplicable, en donde, se destaca el ejercicio de las facultades de comprobación de la autoridad fiscal en esta materia y las posibles afectaciones a los sujetos obligados y terceros como resultado de estas prácticas.
PRODECON , en atención a lo relevante de la figura del Beneficiario Controlador y a las preocupaciones que han expresado los sujetos obligados, como Ombudsperson fiscal se ha dado a la tarea de integrar el presente estudio con el fin de difundir lo concerniente a este concepto entre los contribuyentes y los estudiosos de la materia fiscal, que les permitirá un mejor entendimiento de estas nuevas obligaciones.