En este breviario se propone por su autor que en nuestro Derecho positivo se contemple la posibilidad de que en forma unilateral, mediante una declaración de voluntad revocable, ante notario, una persona capaz designe a su propio tutor y pueda redactar disposiciones sobre el tipo de cuidados médicos que desea recibir o no, en situaciones en las que ya no esté en condiciones de expresar su voluntad. Se sugieren al efecto, modificaciones a diversas leyes.