La causal de negación de inscripción contenida en la fracción V del artículo 3021 del Código Civil para el Distrito Federal, conocida como “incompatibilidad” alude a un problema de prioridad ocasionado por la “doble venta”, las que no pueden coexistir como puede ser el caso de dos derechos de propiedad por entero en favor de personas distintas dicha causal de denegación se circunscribe al supuesto del artículo 3020 del Código Civil para el Distrito Federal.