Generalmente cuando transmitimos un derecho pensamos que por ser titulares del mismo, no debemos pedirle autorización a persona alguna para hacerlo, sin embargo cuando nos encontramos en presencia de una copropiedad, una herencia, un usufructo, inclusive formamos parte de una sociedad, en todos estos casos compartimos la titularidad de estas prerrogativas, hay que salvaguardar el derecho del otro, al momento de transmitir el nuestro, de tal suerte que el otro debe ser preterido para adquirirlo.