La reforma constitucional en materia de cultura: las nuevas perspectivas del patrimonio cultural mexicano



La frase del poeta francés Alphonse de Lamartine con la que se inicia este ensayo es un oxímoron, redactado en forma de interrogante, que sugiere con puntualidad que el espíritu de los individuos, de los grupos y de las sociedades, está asociado fatalmente a ciertos objetos culturales que se convierten en parte de su identidad y por consecuencia de su esencia. Los bienes culturales pueden llegar a ser ambivalentes; una vez que se remueven de su origen, llevan consigo el espíritu de quienes los crearon o veneraron. Esta situación ambivalente, inherente al tráfico de bienes culturales, se acentúa cuando éstos entran al mercado internacional del arte en contra de la voluntad de sus creadores o de las comunidades.

Resulta claro que la solución a estos fenómenos no puede acotarse al análisis jurídico; en ella participan diferentes disciplinas sociales, como es la antropología social, la arqueología, la etnografía, la arqueología, la historia, entre otras muchas.
En este contexto se ha postulado, con razón, que en forma similar al derecho que le asiste a cada individuo de proteger su integridad física y cultural, existe un derecho de las naciones que se ejerce a través del Estado, para proteger su identidad nacional que finalmente es su propia integridad. La preservación de la identidad cultural se constituye en el vehículo idóneo para proteger la identidad del ciudadano.


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